Titularidad del Portal (www.cuentafacto.es)
BFF BANK, S.p.A., sucursal en España (en adelante, "BFF BANK"), con domicilio social en Paseo de la Castellana 81, 9ª planta, 28046 Madrid, dirección de correo electrónico "[email protected]" y Código de Identificación Fiscal W-0056035I, es una entidad de crédito sujeta a la supervisión del Banco de España e inscrita en el Registro de Bancos y Banqueros del Banco de España con el número de codificación 1554, a la que corresponde la titularidad del portal www.cuentafacto.com (en lo sucesivo, el "PORTAL"), que pone a disposición de los usuarios de Internet, con el fin tanto de proporcionar información sobre los servicios, productos y actividades ofrecidos por BFF BANK, como de permitir la prestación de determinados servicios a través del propio PORTAL, denominados "on-line".
BFF BANK está inscrito en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 33.383, Folio 148, Hoja M-600965, Inscripción 1ª.
Aceptación de las Condiciones de Utilización del Portal
Las presentes condiciones generales de utilización del PORTAL, junto con las condiciones generales de contratación de los servicios prestados a través del mismo, así como cualesquiera otras condiciones que a tales efectos puedan establecerse, tienen por finalidad regular e informarte de los servicios que presta BFF BANK, y la propia regulación del uso del PORTAL.
La navegación y/o la utilización de los servicios del PORTAL suponen tu aceptación, y sin reservas de ningún tipo, de todas las condiciones generales de utilización del mismo, así como de las condiciones generales de contratación y de cualesquiera otras condiciones que puedan establecerse en relación con la prestación a través del PORTAL de los servicios ofrecidos por BFF BANK.
Condiciones Generales del Portal
1. Propiedad Industrial e Intelectual. Política de hiperenlaces
Todos los contenidos incluidos en el PORTAL y, en particular, las marcas, nombres comerciales, diseños industriales, diseños, textos, fotografías, gráficos, logotipos, iconos, software y cualesquiera otros signos o elementos susceptibles de utilización industrial y/o comercial están protegidos por los derechos de propiedad industrial e intelectual de BFF BANK o de terceros titulares de los mismos que han autorizado su inclusión en el PORTAL. Queda, por lo tanto, expresamente prohibida cualquier utilización y/o reproducción de tales marcas, nombres comerciales, diseños industriales, diseños, textos, fotografías, gráficos, logotipos, iconos, software y demás signos o elementos susceptibles de utilización industrial y/o comercial, sin el consentimiento expreso y por escrito de BFF BANK.
BFF BANK no será responsable de la infracción de los derechos de propiedad intelectual o industrial correspondientes a terceros que pudiera derivarse de la inclusión en el PORTAL de marcas, nombres comerciales, diseños industriales, diseños, textos, fotografías, gráficos, logotipos, iconos, software y cualesquiera otros signos o elementos susceptibles de utilización industrial y/o comercial pertenecientes a terceros que hayan declarado ser titulares de los mismos y autorizado su inclusión en el PORTAL.
En ningún caso se entenderá que el acceso al PORTAL y tu navegación comportan renuncia, transmisión, o cesión total o parcial de los antes citados derechos por parte de BFF BANK o de los titulares correspondientes, ni la concesión de derecho, expectativa de derecho o autorización alguna para alterar, transformar, explotar, reproducir, distribuir o comunicar públicamente los contenidos incluidos en el PORTAL, cuya alteración, transformación, explotación, reproducción, distribución o comunicación pública requerirá, en todo caso, de la previa y expresa autorización por escrito de BFF BANK o de los titulares correspondientes.
No se podrá establecer ningún vínculo al PORTAL desde cualesquiera otras páginas web sin el consentimiento previo y expreso de BFF BANK por escrito. Los enlaces que se establezcan deberán hacerse siempre a la página principal del PORTAL o, en su caso, a aquella página que el propio BFF BANK determine, siendo dicho enlace absoluto y completo de modo y manera que te lleve al sitio de BFF BANK, que deberá abarcar completamente toda la extensión de la pantalla de la página principal.
BFF BANK no será responsable del contenido de las páginas web de destino que se establezcan mediante vínculos en el PORTAL, ni tampoco de las infracciones de derechos de terceros en las que dichas páginas pudieran incurrir.
2. Responsabilidad de BFF BANK.
Al acceder al PORTAL y utilizar sus servicios, aceptas y reconoces que este hecho se realiza bajo tu exclusiva responsabilidad.
No obstante, BFF BANK adoptará en todo momento las medidas necesarias, dentro de sus posibilidades y habida cuenta del estado de la tecnología, para garantizar el adecuado funcionamiento del PORTAL y evitar la existencia y transmisión de virus y otros componentes que pudieran perjudicarte.
3. Obligaciones del Usuario:
Al utilizar los contenidos del PORTAL te obligas a hacerlo de forma diligente, correcta y lícita, y, en consecuencia, deberás abstenerte, en todo caso, de:
(i) Utilizar los contenidos del PORTAL con fines o con efectos contrarios a la ley, a la moral y a las buenas costumbres generalmente aceptadas o al orden público.
(ii) Reproducir, copiar, distribuir, permitir el acceso del público a través de cualquier modalidad de comunicación pública, transformar o modificar los contenidos incluidos en el PORTAL, a menos que tengas la correspondiente autorización expresa y por escrito de su titular.
(iii) Utilizar los contenidos del PORTAL para remitir publicidad, comunicaciones con fines de venta directa o con cualquier otra clase de finalidad comercial, mensajes no solicitados dirigidos a una pluralidad de personas cualquiera que sea su finalidad, así como comercializar o divulgar de cualquier modo dicha información.
4. Modificaciones:
Nos reservamos el derecho de efectuar sin previo aviso las modificaciones que consideremos oportunas en el PORTAL, pudiendo realizar las variaciones tanto los contenidos y servicios que se presten a través del mismo como la forma en la que éstos aparezcan.
5. Enlaces:
En el caso de que en el PORTAL se dispusiesen enlaces o hipervínculos hacía otros sitios de Internet, BFF BANK no ejercerá ningún tipo de control sobre dichos sitios y contenidos.
Por otro lado, BFF BANK no asumirá responsabilidad alguna por los contenidos de algún enlace perteneciente a un sitio web ajeno, ni garantizará la disponibilidad técnica, calidad, fiabilidad, exactitud, amplitud, veracidad, validez y constitucionalidad de cualquier material o información contenida en ninguno de dichos hipervínculos u otros sitios de Internet.
Igualmente la inclusión de estas conexiones externas no implicará ningún tipo de asociación, fusión o participación con las entidades conectadas.
6. Derecho de exclusión:
BFF BANK se reserva el derecho a denegar o retirar el acceso al PORTAL y/o los servicios ofrecidos sin necesidad de preaviso, a instancia propia o de un tercero, a aquellos usuarios que incumplan las presentes Condiciones Generales de Uso.
7. Duración y modificación de las condiciones:
Nos reservamos el derecho a modificar en cualquier momento las condiciones aquí determinadas, siendo debidamente publicadas como aquí aparecen. La vigencia de las citadas condiciones irá en función de su exposición y estarán vigentes hasta que sean modificadas por otras.
Legislación aplicable y jurisdicción competente.
En todo caso, las normas del Ordenamiento Jurídico Español son las aplicables para las relaciones que establezcas con BFF BANK.
BFF BANK te informa de que BFF BANK se basa en la legislación del Estado Español para establecer relaciones con el consumidor, antes de la celebración de los contratos.
Para los casos en los que la normativa nos permita someternos voluntariamente a un fuero, con renuncia expresa a cualquier otro que corresponda, lo hacemos expresamente a los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Madrid para resolver cualquier litigio o controversia que surja entre las relaciones establecidas entre nosotros.
Medios Técnicos
Todos los medios técnicos que sean necesarios para acceder al PORTAL y a la prestación de los servicios ofertados a través del mismo por BFF BANK serán por tu cuenta en exclusiva, así como también cualesquiera impuestos o gastos de otro tipo a los que la prestación de tales servicios diera lugar.
NORMATIVA DE TRANSPARENCIA
A continuación, te presentamos las principales referencias normativas relacionadas con la transparencia y la protección de los clientes de servicios bancarios:
PREVENCIÓN DE BLANQUEO DE CAPITALES Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO
La normativa referida a la prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del Terrorismo tiene como finalidad prevenir e impedir la utilización del sistema financiero y de otros sectores de la actividad económica para blanquear los capitales procedentes de cualquier tipo de actividad delictiva.
Así, la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del Terrorismo, tiene por objeto la protección de la integridad del sistema financiero y de otros sectores de actividad económica mediante el establecimiento de obligaciones de prevención para los sujetos obligados. Esta Ley ha tenido modificaciones posteriores.
Finalmente, el Real Decreto 304/2014, de 5 de mayo, aprueba el Reglamento de la Ley 10/2010. Este RD incorpora las principales novedades de la normativa internacional a partir de la aprobación de las nuevas Recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y establece la obligación de los sujetos obligados de analizar los riesgos principales en función del tipo de negocio, de productos y de clientes con los que establezcan relaciones de negocio.
BFF Bank, como sujeto obligado, ha establecido las oportunas políticas y programas de prevención, dotando a la entidad de los medios técnicos y humanos necesarios para el cumplimiento de la normativa y la detección, análisis y en su caso comunicación de operaciones sospechosas o susceptibles de análisis especial.
Como entidad financiera estamos obligados a disponer de copia de determinados documentos de nuestros clientes, como requisito de identificación formal, y a conocer su actividad económica o profesional, así como el propósito de la relación de negocios. Sin estos requisitos legales de información, no podemos iniciar ni mantener relaciones de negocio con ningún cliente.
Si quieres conocer más sobre la prevención del blanqueo de capitales en España, puedes consultar la página web del SEPBLAC desde aquí
SEPA
¿Qué es SEPA?
SEPA se corresponde con el acrónimo de "Single Euro Payments Area", es decir, Zona Única de Pagos. Esta zona a la que pertenecen los 27 estados miembros de la Unión Europea además de Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza, será el área en la que todos sus agentes económicos, tanto ciudadanos como empresas, podrán realizar y recibir pagos en euros con las mismas condiciones básicas, derechos y obligaciones, e independientemente de su situación de origen y destino. La SEPA, que se originó debido al impulso de las entidades financieras y el apoyo de otras instituciones europeas como, el Banco Central Europeo y la Comisión Europea, supone la creación de una serie de infraestructuras y de nuevos estándares que persiguen la igualdad de la realización y recepción de pagos a través de transferencias, domiciliaciones bancarias y operaciones con tarjetas. El éxito de todos estos procesos supondrá para todas las partes importantes beneficios económicos, así como para el conjunto de la sociedad.
Transferencias SEPA:
Una transferencia SEPA es el envío de una orden de pago desde la entidad del pagador a la entidad bancaria del beneficiario siempre que cumpla con una serie de requisitos: Se trata siempre de una transferencia tipo SHARE, es decir, los gastos de la misma se comparten entre los dos intervinientes de la transacción. El emisor pagará a su entidad una comisión, que será inferior a los gastos que hubiese tenido si la transferencia fuese tipo OUR (el ordenante asume todos los gastos) y el beneficiario abonará a su entidad la tarifa que tenga establecida para ese tipo de operaciones. El beneficiario recibe el total del importe de la transferencia, luego de forma independiente su entidad le cargará el coste del servicio por recepción de la misma. No tiene límite de importe pero deben ser en euros y su destino cualquier país de la zona SEPA. El plazo máximo para la liquidación será de 3 días hábiles. El cliente deberá aportar los datos completos de las cuentas de origen y destino, es decir, el BIC y el IBAN.
Enlaces:
http://www.bde.es/bde/es/secciones/informes/Folletos/SEPA/
http://www.sepaesp.es/sepa/es/
FATCA
La Ley de Cumplimiento Fiscal de Cuentas en el Extranjero (FATCA por sus siglas en inglés), aprobada por el Congreso de los Estados Unidos el 18 de marzo del 2010, tiene como finalidad evitar la evasión fiscal de contribuyentes estadounidenses que obtienen beneficios fuera de EE.UU., mediante la identificación de cuentas y productos financieros que mantienen en Instituciones Financieras Extranjeras (FFIs).
Para facilitar la aplicación en España de la normativa FATCA, el 14 de mayo de 2013 España firmó un acuerdo de colaboración con Estados Unidos, que entró en vigor el 1 de julio de 2014, fecha desde la cual las instituciones financieras en España tienen la obligación de identificar, clasificar y reportar anualmente las cuentas de clientes (personas físicas y jurídicas) con obligaciones fiscales en EE.UU. (US Person). Dicha información se remite por parte de las Entidades Financieras a la Agencia Tributaria Española (AEAT), que a su vez remite dichos datos al Servicio de Rentas Internas de EE.UU. (IRS).
En cumplimiento de esta normativa, BFF Bank está obligado a:
Se consideran Personas de EE.UU. (US Person) a efectos de retención de impuestos federales a:
• Las personas físicas que posean ciudadanía de EE.UU. o residentes extranjeros en EE.UU.
• Una sociedad, corporación, compañía o asociación creada o constituida en los Estados Unidos o bajo la legislación de EE.UU.
Si quieres obtener más información sobre FATCA, puedes accedes a la web del IRS desde aquí.
PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
Desde el 25 de mayo de 2018 resulta de aplicación el Reglamento (UE) 2016/679 General de Protección de Datos, conocido comúnmente como RGPD, que pretende reforzar tu derecho a la privacidad, aumentando y mejorando notablemente la información que dispones sobre protección de datos, en particular, sobre por qué y para qué usamos tus datos personales y te otorga nuevos derechos.
Cada vez que recabemos datos en esta página web, ya sea por medio del formulario de contratación como al introducir un comentario a un post en nuestro blog, o a través de cualquier otro medio que en el futuro pueda implementarse, incluiremos el correspondiente aviso de protección de datos para explicarte con la máxima transparencia los aspectos relativos a la protección de tus datos personales. Dispondrás siempre que sea posible de una información en dos capas: un resumen con la “información básica sobre protección de datos” y, adicionalmente, una “información detallada sobre protección de datos”, de conformidad con la nueva normativa y teniendo en cuenta las recomendaciones de la Agencia Española de Protección de Datos.
El Responsable del Tratamiento es BFF Bank S.p.A., Sucursal en España, CIF W0056035I, Paseo de la Castellana 81, 9ª planta, 28046 Madrid, teléfono 900 848 022, correo electrónico [email protected]
Además, en cada aviso concreto te informaremos de:
Para ejercer los derechos (acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad y oposición), rogamos te pongas en contacto con BFF Bank S.p.A., Sucursal en España, enviando una carta certificada a Paseo de la Castellana 81, 9ª planta, 28046 Madrid, acompañado de fotocopia del documento oficial que te identifique o mediante un correo electrónico a la dirección [email protected] o a través del apartado de “Consultas” del área cliente de la banca electrónica tipificándolo como “Reclamación Servicio Atención al Cliente”. Si se trata únicamente de la oposición por el cliente a recibir comunicaciones publicitarias, la solicitud puede dirigirse únicamente a [email protected]
El Banco ha designado un Delegado de Protección de Datos (o “DPO” – “Data Protection Officer”). Puedes contactar con el DPO en el siguiente correo electrónico [email protected] o mediante carta dirigida a su atención a la dirección antes mencionada.
CRS
El CRS (“Common Reporting Standard”) es un sistema de intercambio automático de información tributaria entre países que permitirá a las administraciones tributarias de los países adheridos disponer de forma periódica de información fiscal de las inversiones o posiciones de sus contribuyentes en instituciones financieras situadas en el extranjero.
El intercambio internacional de información en materia financiera es un valioso instrumento para verificar, por parte de las Administraciones tributarias, el correcto cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes. Por ello, tomando como punto de partida el modelo de acuerdo intergubernamental para la mejora del cumplimiento fiscal internacional y la aplicación de la ley estadounidense de cumplimiento tributario de cuentas extranjeras (FATCA), el 29 de octubre de 2014 un total de 51 países y jurisdicciones firmaron en Berlín el Acuerdo Multilateral de Autoridades Competentes sobre Intercambio Automático de Información de Cuentas Financieras.
A nivel europeo se ha aprobado la Directiva 2014/107/UE del Consejo, de 9 de diciembre de 2014, que modifica la Directiva 2011/16/UE por lo que se refiere a la obligatoriedad del intercambio automático de información en el ámbito de la fiscalidad. Y en España se ha promulgado el Real Decreto 1021/2015, de 13 de noviembre, por el que se establece la obligación de identificar la residencia fiscal de las personas que ostenten la titularidad o el control de determinadas cuentas financieras y de informar acerca de las mismas en el ámbito de la asistencia mutua.
Este real decreto incorpora al ordenamiento interno las normas de comunicación de información a la Administración tributaria sobre cuentas financieras y los procedimientos de diligencia debida que deben aplicar las instituciones financieras en la obtención de dicha información, para que, a su vez, la Administración tributaria pueda intercambiar la información recibida, de forma automática, con la Administración correspondiente del país o jurisdicción de residencia fiscal de las personas que ostenten la titularidad o el control de la cuenta financiera.
Por tanto, en virtud de la normativa anterior, BFF Bank Sucursal en España, como el resto de las instituciones financieras, debe identificar la residencia de las personas que ostenten la titularidad o el control de las cuentas financieras y de informar a la Administración tributaria.
La obligación de identificar la residencia fiscal de las personas que ostenten la titularidad o el control de cuentas financieras es un paso previo y necesario para la comunicación de información, y ha de realizarse respecto de la totalidad de las cuentas financieras de la institución financiera. A diferencia de la obligación anterior, la obligación de información se limita a las personas que ostentando la titularidad o el control de cuentas financieras, sean residentes fiscales en alguno de los países o jurisdicciones con los que existe obligación de intercambiar información en el ámbito de la asistencia mutua.
Esta normativa resulta aplicable desde el 1 de enero de 2016. En consecuencia, las instituciones financieras deberán suministrar por primera vez a la Administración tributaria la información relativa al año 2016. Este primer suministro de información tendrá lugar en el año 2017.
Estas normas y procedimientos de diligencia debida afectan a las cuentas preexistentes y cuentas nuevas y a las cuentas de personas físicas y cuentas de entidades.
CLASIFICACIÓN DE PRODUCTOS FINANCIEROS
La Orden ECC/2316/2015, de 4 de noviembre, regula las obligaciones de información y clasificación de productos financieros y tiene por objeto garantizar un adecuado nivel de protección al cliente o potencial cliente de productos financieros mediante el establecimiento de un sistema normalizado de información y clasificación que le advierta sobre su nivel de riesgo y le permita elegir los que mejor se adecuen a sus necesidades y preferencias de ahorro e inversión.
Se ha buscado la simplicidad y la homogeneidad, para que la información ayude a los clientes potenciales a comparar diferentes productos y comprender sus principales características mediante un formato gráfico normalizado (tipo semáforo). La normativa es de aplicación a los productos financieros, y entre ellos, los depósitos bancarios incluyendo, entre otros, los depósitos a la vista, de ahorro y a plazo. Por tanto, afecta a la actividad de BFF Bank Sucursal en España.
Clasificación de productos en virtud del indicador de riesgo
Los productos financieros se clasifican en 6 clases. Los depósitos bancarios pertenecen a la clase 1.
Existe otra opción de representarlo gráficamente a elección de la entidad financiera.
Alerta sobre la liquidez
La que aplicaría a BFF Bank Sucursal en España por no existir la posibilidad de cancelación anticipada de los depósitos a plazo es:
“La venta o cancelación anticipada no es posible o puede implicar pérdidas relevantes”.
La frase anterior recoge el tenor literal de la normativa, pero en el caso de BFF Bank los depósitos a plazo no se pueden cancelar de forma anticipada, ni siquiera con pérdida.
Alerta sobre complejidad
Los depósitos no tienen la consideración de productos complejos así que no aplicaría a BFFSE la alerta de complejidad.
FONDO DE GARANTÍA DE DEPÓSITOS
Todas las cuentas y depósitos a plazo se encuentran cubiertos por el Fondo Interbancario di Tutela dei Depositi (FITD) italiano. Para más información, consulta en el apartado de información legal en www.cuentafacto.es la información básica sobre la cobertura de los depósitos a la que está adherida la entidad. También puedes ampliar la información en el apartado 14 de las Condiciones Generales.
Información básica sobre la cobertura de los depósitos
Los depósitos mantenidos en el Banco están garantizados por | Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito italiano ("Fondo Interbancario di Tutela dei Depositi") (1) |
Límite de la cobertura | 100.000,00 EUR por depositante y entidad de crédito (2) |
Si tiene usted más depósitos en la misma entidad de crédito: | Todos sus depósitos en la misma entidad de crédito se suman y el total está sujeto al límite de 100.000,00 EUR |
Si tiene una cuenta en participación con otra(s) persona(s): | El límite de 100.000,00 EUR se aplica a cada depositante por separado (3) |
Período de reembolso en caso de concurso de la entidad de crédito: | 10 días laborables del 1 de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2023; 7 días laborables del 1 de enero de 2024 (4) |
Moneda en que se realiza el reembolso: | Euros (EUR) |
Contacto: | Dirección: Via del Plebiscito 102, Roma, Italia Teléfono: +39-06-699861 Fax: +39-06-6798916 Correo electrónico: [email protected] |
Para más información: | http://www.fitd.it |
Información adicional (toda o parte de la información que aparece más abajo (5))
(1) Sistema responsable de la cobertura de su depósito.
Su depósito está garantizado por un sistema contractual reconocido oficialmente como Sistema de Garantía de Depósitos. En caso de insolvencia de su entidad de crédito, su depósito se le reembolsará hasta los 100.000 EUR.
(2) Límite general de la protección.
Si no pudiera disponerse de un depósito debido a que una entidad de crédito no esté en condiciones de cumplir sus obligaciones financieras, un Sistema de Garantía de Depósitos reembolsará a los depositantes. El reembolso asciende como máximo a 100.000 EUR por entidad de crédito. Esto significa que se suman todos sus depósitos efectuados en la misma entidad de crédito para determinar el nivel de cobertura. Si, por ejemplo, un depositante posee una cuenta de
ahorro con 90.000 EUR y una cuenta corriente con 20.000 EUR, solo se le reembolsarán 100.000 EUR.
(3) Límite de la protección para las cuentas en participación.
En el caso de cuentas en participación, el límite de 100.000 EUR se aplicará a cada depositante. Sin embargo, los depósitos en una cuenta sobre la que tengan derechos dos o más personas como socios o miembros de una sociedad, una asociación o cualquier agrupación de índole similar, sin personalidad jurídica, se agregan y tratan como si los hubiera efectuado un depositante único a efectos del cálculo del límite de 100.000 EUR.
(4) Reembolso.
El Sistema de Garantía de Depósitos responsable es Fondo Interbancario di Tutela dei Depositi
Dirección: Via del Plebiscito 102, Roma, Italia Teléfono: +39-06-699861
Fax: +39-06-6798916
Correo electrónico: [email protected] Sitio Web: http://www.fitd.it
El F.I.T.D. reembolsará sus depósitos (hasta 100.000 euros) en un plazo de: 10 días laborables desde el 1 de enero de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023. A partir del 1 de enero de 2024 en un plazo de 7 días laborables. El derecho al reembolso expira a los cinco años después de la fecha en que se producen los efectos de la medida de inicio de la liquidación administrativa obligatoria del banco. La caducidad se evita mediante la presentación de una petición ante un tribunal, a menos que el juicio finalice, o mediante el reconocimiento de la reclamación por el sistema de garantía
(véase el artículo 96-bis.2, apartado 4, del Decreto Legislativo 1º settembre 1993, nº 385 – Testo Unico Bancario). Hasta el 31 de diciembre de 2023, si el Fondo Interbancario de Protección de Depósitos no efectúa el reembolso en un plazo de siete días hábiles, deberá, no obstante, velar por que cada uno de los titulares de un depósito protegido que lo haya solicitado reciba, en un plazo de cinco días hábiles a partir de la fecha de la solicitud, una cantidad suficiente que le permita hacer frente a sus gastos corrientes, con cargo a la cantidad adeudada en concepto de reembolso. La cuantía es determinada por el Fondo Interbancario de Protección de Depósitos con arreglo a los criterios establecidos en sus Estatutos. Si no reembolsa en estos plazos, ponte en contacto con el sistema de garantía de depósitos, ya que puede haber un plazo para reclamar el reembolso. Puede obtenerse más información en la siguiente dirección de Internet: http://www.fitd.it
(5) Otra información importante.
En general, todos los depositantes minoristas y las empresas están cubiertos por sistemas de garantía de depósitos. Las excepciones aplicables a ciertos depósitos pueden consultarse en el sitio web del sistema de garantía de depósitos responsable. El Banco le informará también, si así lo solicita, de si determinados productos están cubiertos o no. Si los depósitos están cubiertos, el Banco se lo confirmará también en los extractos de cuenta.